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martes, 5 de julio de 2016

Realidad Virtual aplicada a la Seguridad y Salud en el Trabajo


Alguna vez, la realidad virtual fue una herramienta solo accesible por avanzados centros de investigación. Parte del entrenamiento provisto a los astronautas y a las personas que sufren de ciertas fobias. Hoy se ha masificado, abriendo la oportunidad de mejorar drásticamente nuestra manera de aprender. El reto de hoy es generar el contenido adecuado.

La realidad virtual abre la posibilidad de vivir experiencias con un alto nivel de inmersión, siendo una excelente herramienta de aprendizaje. A través de imágenes y sensaciones que quedan fácilmente grabadas en la mente de una persona, estimulando uno de nuestros sentidos que nos produce más impacto: la vista.

Los sistemas de realidad virtual actuales, consisten en una pantalla que se monta justo frente a los ojos del usuario; mostrando una imagen levemente diferente a cada ojo (estereoscópica), imitando las perspectivas que tiene el ojo cuando observa una escena de manera natural. El usuario puede mover su cabeza y observar el escenario virtual desde diferentes ángulos, lográndose un alto nivel de inmersión.

Podemos encontrar variadas alternativas, que van desde un visor de cartón que utiliza un celular como pantalla y cuesta menos de dos dólares, hasta un visor que cuenta con su propia pantalla y un sistema de posicionamiento espacial, para ser utilizado con un computador. Hay variedad de calidades y precios.

Uno de los objetivos de la prevención de riesgos es educar a las personas, con el fin de que tomen mayores precauciones al momento de realizar su trabajo. Aquí es justamente donde la realidad virtual tiene uno de sus puntos fuertes; elaborando un paquete de contenidos adecuado, podríamos enseñar mediante la vivencia de una serie de experiencias virtuales la importancia de las normas y elementos de seguridad. No es lo mismo escuchar una charla que experimentar en primera persona la vivencia de una situación. Por ejemplo, un tour virtual, acompañado de una voz en off, que indique y explique los principales peligros y precauciones presentes en una faena, ya puede generar un impacto superior y por ende, influir en mayor grado en la consciencia de las personas. No hay posibilidad de distraerse con el celular ni conversar con el colega mientras se observa una experiencia de alto impacto visual y sonoro, tampoco se siente la necesidad de hacerlo. Al ser mayor el estímulo y menores los distractores, será más fácil recordar la información y posteriormente poner en práctica las recomendaciones recibidas. La aplicación de este tipo de herramientas a la capacitación del personal, tiene ventajas, que de ser correctamente explotadas, se traducen en una capacitación eficiente.

Un método de bajo costo para incorporar realidad virtual a la industria es la filmación en 360° acompañada de una voz en off que guíe al usuario a través de la experiencia. En este caso los costos se reducen porque no hay que generar contenido 3D ni animaciones, en su lugar se utiliza un arreglo  especial de filmación que tiene varias cámaras. Para la comodidad del usuario, es ideal que estas tomas sean en realizadas en puntos fijos, ya que el movimiento puede incomodar a algunas personas. Al ser videos y no una aplicación especializada, la experiencia no será interactiva, el usuario solo podrá ver, escuchar y girar cabeza para observar distintas perspectivas. Sin embargo el contenido, producirá un impacto superior a un video o charla tradicional, si es correctamente creado.

Es recomendable que usted conozca las diferentes alternativas ofrecidas por su proveedor, la realidad virtual es algo que hay que “probar”, porque los diferentes tipos de visores, ofrecen variedad de calidades y precios. Cuando usted participe de una experiencia virtual, debe ver una imagen fluida, que no tenga “saltos” o sea muy lenta cuando mueva su cabeza para visualizar, un bajo rendimiento de la aplicación reduce enormemente la calidad de la experiencia virtual.

A lo largo del mundo ya podemos encontrar variadas aplicaciones de realidad virtual en educación. En septiembre del 2015, Google lanzó un programa gratuito de expediciones virtuales para cientos de escuelas en diferentes países del mundo. Permitiendo a los alumnos visitar desde el fondo del océano hasta Machu Picchu, en un tour guiado por el profesor. La industria tampoco se queda atrás, un ejemplo de ello es la empresa multinacional Cape, quien provee servicios críticos a las industrias de energía y recursos naturales. Ya han entrenado a cientos de sus trabajadores a través de videos 360° de sus instalaciones, grabaron una planta de energía desde la perspectiva de un trabajador, creando una experiencia especialmente ideada para su personal. Logrando transmitir los mensajes de una manera más efectiva e innovadora y obteniendo un feedback sumamente positivo por parte de los trabajadores.

La realidad virtual no solo está siendo utilizada para inducción de personal, sino que también se ha convertido en un poderoso recurso en el ámbito de la simulación. Logrando reducir el peso y complejidad de los simuladores, sin perder su nivel de inmersión. En Chile, la empresa Yoy Simuladores, además de generar contenido especializado para capacitación con realidad virtual, fabrica simuladores de maquinaria pesada. A diferencia de los simuladores tradicionales, que pesan más de 200 kg y requieren de varias personas para su transporte e instalación, estos simuladores vienen en una maleta transportable por una sola persona, con un peso inferior a los 12 kg.

A través de estos simuladores, se han entrenado cientos de trabajadores, en diferentes regiones del país. Usando los primeros visores de realidad virtual Oculus Rift que llegaron a Sudamérica y fabricaron el primer simulador de puente grúa que cuenta con realidad virtual y un sistema de reconstrucción 3D de manos y controles en tiempo real, esta innovación fue única a nivel mundial y dado a conocer en Expomin 2014 junto a Alo Group.  El último lanzamiento fue un simulador de camión minero ambientado en Chuquicamata, el cual permite al operador no solo realizar maniobras de carga y descarga, sino también compartir la ruta con otros camiones que circulan por la mina. Actualmente se está trabajando en un sistema de realidad mixta, que permite mezclar objetos reales con objetos virtuales, con el fin de alcanzar el máximo nivel de realismo posible con la tecnología disponible.

Ing. Juan Reyes, Gerente de Yoy Simulators 


miércoles, 4 de mayo de 2016

La Ética en la Salud Pública y su relación con el Código internacional de ética para los profesionales de la Salud Ocupacional


Autor: Gisela Blanco Gomez, Profesora Titular de la Cátedra de Medicina del Trabajo y del Postgrado de Salud Ocupacional Facultad de Medicina. Universidad Central de Venezuela. giblanco5@gmail.com

Resumen:

El interés y la urgencia que han despertado los dilemas éticos en salud pública y los mecanismos de resolución y acuerdos, han generado la necesidad de convocar a los diferentes actores de la salud pública a construir desde la reflexión y el consenso, un código de ética en salud pública y paralelamente una serie de consideraciones éticas. Esto debido a que el campo de acción de la salud pública está centrado en las poblaciones, formadas por comunidades que tienen creencias, prácticas y formas de vida heterogéneas, pudiendo estas entrar en conflicto. Los derechos comunitarios versus los individuales forman parte de la reflexión ética en salud pública; entre otros muchos aspectos. Por su parte los códigos de ética que rigen los deberes y derechos de los profesionales en general están construidos sobre la base de un quehacer específico de acuerdo a cada profesión; sin embargo encontramos en el código de ética internacional para los profesionales que se desempeñan en la salud ocupacional, elementos  relacionados con la visión colectiva de la salud pública, en la cual los deberes relacionados con la práctica se orientan en muchas ocasiones a manejar situaciones que enfrenta intereses y derechos individuales frente a los grupales o colectivos. Este artículo pretende relacionar y encontrar aspectos en común entre la práctica multidisciplinaria en salud ocupacional, los principios y otros aspectos éticos de la salud pública.        







Introducción
La ética resulta un campo de reciente reflexión y desarrollo para la salud pública; aunque en la medicina la bioética ha tenido importantes contribuciones, dando lugar, en otros  aspectos a principios de práctica y a la estructuración de códigos de ética para los profesionales médicos y de otras disciplinas de la salud.
Sin embargo la salud pública no ha desarrollado los aspectos de tipo ético con la misma intensidad que la medicina, a pesar que en la práctica sanitaria se producen dilemas éticos entre grupos de personas y la sociedad en general. (1)
Quizás se deba a que la atención de la salud pública está centrada en las poblaciones y comunidades  y la influencia social y del entorno en la salud, enfocada en las acciones de prevención y promoción y menos en el tratamiento y la cura, la preocupación no es por una sola persona en lo individual (como si lo es en la medicina), la salud pública es ejercida por el estado a través de sus funcionarios, todas estas diferencias pudieron influir en el desarrollo tardío de la ética en salud pública en comparación con la bioética. (1) 
Como se mencionó con anterioridad los códigos de ética de las diversas disciplinas surgen como consecuencia del desarrollo de la bioética, permitiendo reunir aspectos en común, con la finalidad de unificar y encauzar las buenas prácticas en las diversas disciplinas relacionadas con la salud. La mayoría de los códigos están desarrollados por áreas profesionales, es así como se encuentra el código de ética de la profesión médica, enfermería, psicología, y otras disciplinas relacionadas con el cuidado de la salud humana.
En este orden de ideas, en 1992 la Comisión Internacional de Salud Ocupacional (ICOH) fundada en 1906, realiza el primer Código Internacional de Ética para los Profesionales de la Salud Ocupacional; siendo su última actualización en el año 2002 (2).

Un código de ética con una visión amplia
La comisión redactora del Código Internacional de Ética para los Profesionales de la Salud Ocupacional,  señala que existen diversas razones para desarrollar este  código y resalta la necesidad de actualizarlo periódicamente; estos argumentos se podrían agrupar en tres aspectos:
1.      Las múltiples, complejas y contradictorias responsabilidades que tienen los profesionales que se desempeñan en el área de la salud y la seguridad en el trabajo, ante diversos actores como son los trabajadores, empleadores, las autoridades de salud laboral, seguridad social, judiciales, y el público en general. En ocasiones los intereses de un grupo pueden entrar en pugna con otro, (trabajadores versus empleadores; autoridades versus empleadores; autoridades versus comunidades, empleadores versus comunidades)  lo que ocasionaría dilemas que resolver y que no deberían ser resueltos utilizando criterios personales.
2.      Como consecuencia de la creación obligatoria, en muchos países y voluntaria en otros, de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST), ha generado un incremento de los profesionales en el área, por lo que es necesario guiar y regular la práctica de las diversas disciplinas involucradas.
3.      La visión y actuación multidisciplinaria cada vez más frecuente y necesaria en la salud ocupacional, hace que diferentes especialistas se desempeñen en los servicios de salud y seguridad laboral. (2) 
La creación de un código de ética para el ejercicio de las diversas disciplinas que se ocupan de la salud de los trabajadores conlleva implicaciones que van más allá de la bioética para enmarcarse en la ética de la salud colectiva o pública.
Es así como dentro de los principios éticos y los valores en los que se basa el código internacional de ética para los profesionales de la salud ocupacional, se encuentra el propósito de la salud ocupacional que es la de “servir a la salud y el bienestar social de los trabajadores de forma  individual y colectiva. La práctica de la salud ocupacional debe realizarse de acuerdo con los estándares profesionales más altos y los principios éticos más rigurosos. Los profesionales de la salud ocupacional deben contribuir además al mejoramiento de la salud pública y del medio ambiente”.(2)
El código consta de una introducción en la cual se explica el propósito de la salud ocupacional, un conjunto de  quince deberes y obligaciones de los profesionales de la salud ocupacional a saber (2):
1.      Objetivos y función de asesoría: el principal objetivo de lo salud ocupacional es preservar y promover la salud de los trabajadores; promover y procurar ambientes de trabajo seguros y sanos. Es así como los profesionales deben utilizar métodos válidos para la evaluación de condiciones de trabajo y determinar los riesgos y las medidas correctivas y preventivas a las que haya lugar.
2.      Conocimientos y experiencia: los profesionales deben mantenerse informados y actualizados en el conocimiento científico técnico en las diferentes áreas del saber en salud y trabajo
3.      Desarrollo de una política y un programa de salud ocupacional:  la evaluación de los riesgos ocupacionales conlleva a establecer una política de salud y seguridad en el trabajo y a su vez el diseño e implementación de un programa de prevención adaptado a las particularidades de cada entorno laboral.
4.      Énfasis en la prevención y en la acción inmediata
5.      Seguimiento de las medidas correctivas
6.      Información sobre seguridad y salud
7.      Secretos de fabricación: los profesionales deberán guardar los secretos industriales o comerciales de los cuales tengan conocimiento; sin embargo no podrán ocultar información relacionada o que comprometa la seguridad y salud de los trabajadores.
8.      Vigilancia de la salud
9.      Información a los trabajadores
10.  Información al empleador
11.  Peligros para terceros
12.  Monitoreo biológico e investigación
13.  Promoción de la salud
14.  Protección de la comunidad y el medio ambiente
15.  Contribución al conocimiento científico
Por su parte el código establece una serie de condiciones para el desempeño de las funciones; entre ellas la competencia, integridad e imparcialidad, independencia profesional, la equidad, la no discriminación y comunicación, la confidencialidad, la información sobre salud colectiva, las relaciones con los demás profesionales de la salud, la lucha contra los abusos relacionados con la confidencialidad, uso inadecuado de la información, el establecimiento de relaciones con los interlocutores sociales, y la promoción de la ética y la auditoría profesional. (2)
La salud ocupacional o salud de los trabajadores es considerada una rama de la salud pública (3); es por ello que los principios éticos descritos para la salud pública podrían complementar las acciones de los profesionales que se desempeñan en la salud ocupacional desde los diferentes ámbitos de acción, permitiendo organizar la toma de decisiones y la discusión de los dilemas éticos que se presentan con frecuencia en salud y trabajo.
El código de ética de salud pública fue aprobado en el año 2002 por la Asociación Americana de  Salud Pública (4), luego de numerosas discusiones en las cuales participaron representantes de diversas agrupaciones y sociedades relacionadas con la salud pública. El código consta de 12 principios que a continuación se presentan: 
1. La salud pública debe abordar principalmente las causas fundamentales de la enfermedad y los requisitos para la salud, con el objetivo de evitar los resultados adversos de salud.
2. La salud pública debe alcanzar la salud de la comunidad en una manera que respete los derechos de los individuos en la comunidad.
3. Las políticas de salud pública, programas y prioridades deben ser desarrollados y evaluados a través de procesos que garanticen una oportunidad para la entrada de miembros de la comunidad.
4. La salud pública debe abogar y trabajar por el fortalecimiento de los miembros desfavorecidos de la comunidad, con el objetivo de garantizar que los recursos básicos y las condiciones necesarias para la salud sean accesibles a todos.
5. La salud pública debe buscar la información necesaria para poner en práctica políticas y programas eficaces que protejan y promuevan la salud.
6. Las instituciones públicas de salud deben proporcionar a las comunidades la información necesaria para tomar decisiones sobre las políticas o programas, y debe obtener el consentimiento de la comunidad para su aplicación.
7. Las instituciones de salud pública deben actuar de manera oportuna basándose en la información que tienen en el marco de los recursos y el mandato que les ha sido dado por el público.
8. Los programas de salud pública y las políticas deberían incorporar una variedad de enfoques que anticipan y respetan los diversos valores, creencias y culturas en la comunidad.
9. Los programas de salud pública y las políticas deben ser implementados de la manera que mejore más el entorno físico y social
10. Las instituciones de salud pública deben proteger la confidencialidad de la información que pueden causar daños a un individuo o una comunidad si se hace pública. Las excepciones deben justificarse basándose en la alta probabilidad de un daño significativo para el individuo o para otros.
11. Las instituciones de salud pública deben garantizar la competencia profesional de sus trabajadores.
12. Las instituciones de salud pública y sus trabajadores deben participar en las colaboraciones y afiliaciones de forma que establezcan la confianza del público y la eficacia de la institución.
Al relacionar las obligaciones de los profesionales de la salud ocupacional y los principios éticos de la salud pública, encontramos aspectos en común como la participación de la comunidad en los procesos de toma de decisiones; en el caso de la salud y el trabajo son los trabajadores y empleadores los partícipes de la decisiones que finalmente persiguen lograr mantener la salud y prevenir las enfermedades de origen ocupacional, sin embargo también las decisiones de seguridad y salud producen un impacto en las comunidades cercanas a los centros de trabajo.
Por otra parte, los debates éticos en salud y trabajo (5) están centrados muchos de ellos en aspectos relacionados con: la magnitud de los riesgos y su impacto en la salud; controversias centradas en la información y el conocimiento sobre los riesgos ocupacionales y ambientales, el principio de autonomía y la toma de decisiones, la protección igualitaria y sin discriminación ante el riesgo de la población trabajadora y las comunidades, representación y participación de las partes interesadas en la decisiones de salud y trabajo, la validez y fiabilidad de los métodos de identificación y valoración de los riesgos y el análisis costo-beneficio en los problemas de salud y trabajo; entre otros aspectos relevantes.
A propósito de la complejidad de los debates éticos en salud pública, Thomas (6) sugiere la utilización de procedimientos que permitan facilitar o al menos utilizar todos los recursos disponibles para la toma de decisiones éticas en temas o situaciones relacionadas con la salud pública. Entre las características de un proceso de toma de decisiones ético y justo, este debe caracterizarse por ser inclusivo, todas las partes involucradas deben participar, así en el caso de salud y trabajo todos los actores involucrados deben participar en las discusiones, la actitud en la participación debe ser de transparencia es decir cada miembro o grupos que representen a cada una de las partes interesadas deberá velar por la defensa de los intereses genuinos de quien representa, siendo en el caso de la salud ocupacional: los trabajadores, los empleadores, la comunidad, los servicios de salud y seguridad principalmente.
En los momentos de dilemas éticos en salud y trabajo el código de ética para los profesionales de la salud ocupacional aporta elementos y principios de acción fundamentales para la actuación profesional, sin embargo es necesario acudir a la visión que provee la ética ejercida desde la salud pública para ampliar las acciones, las discusiones y las soluciones consensuadas que finalmente persiguen el fin primordial de la salud ocupacional que es proveer condiciones de trabajo y condiciones de vida saludables.
     


Referencias


1.      Cuadernos de la Fundación Victor Grifols i Lucas. Etica y Salud Pública. [Online]. Valencia España; 2012 [citado 2015 Junio 22. Disponible en: http://www.sespas.es/adminweb/uploads/docs/cuaderno27X.pdf.
2.      Comsión Internacional de Salud Ocupacional. Código Internacional de etica para los profesionales de Salud Ocupacional. [Online]. Roma; 2002 [citado 2015 junio 15. Disponible : www.bvsde.paho.org/cursoa_epi/e/lecturas/mod6/codigo.pdf.
3.      Organización Internacional del Trabajo. Definición de Salud Ocupacional (citado 02 Septiembre 2015) Disponible en:  http://www.ilo.org/global/topics/safety-and-health-at-work/lang--es/ 
4.      Public Health Leadership Society. www.phls.org. [Online].; 2002 [citado 2015 Agosto 13. Disponible en:  www.phls.org.
5.      Shrader-Frechette K. Ethical Issues in Environmental and Occupational Health.  En Jennings B, Kahn J, Mastroianni A, Parker L. Ethics and Public Health: Model Curriculum. Online. 2003 (citado 2015 Septiembre 03. Disponible en: www.aspph.org/wp-content/uploads/2014/02/EthicsCurriculum.pdf
6.      Thomas,J. On-line series of lectures on public health ethics. UNC.Gillings School of. Global Public Heaalth. Public Health Ethics. 2003


domingo, 31 de enero de 2016

PERSPECTIVA COLOMBIANA DEL PREVENCIONISTA EN RIESGOS LABORALES.: UNA MIRADA INTEGRADORA DEL EJERCICIO PROFESIONAL

Lady Astrid Bernal Umaña, Presidente COLPRECOL

Este articulo tiene como objetivo ofrecer al lector la perspectiva del Prevencionista de Riesgos Laborales en Colombia, con una mirada integradora fomentada por la experiencia suministrada del quehacer cotidiano de aquellos que lideran y ejecutan la seguridad y la salud en el trabajo en las empresas colombianas, en este orden de ideas comienzo por tratar de definir quiénes son estos trabajadores.

Un trabajador de la prevención de riesgos laborales es un individuo que a través de su experiencia de vida se ha motivado a estudiar e investigar este campo con el fin de adquirir los conocimientos que le permitan brindar desde su SER-INTERACTUAR, un ejercicio técnico, tecnológico, profesional y especializado a todos aquellos que son el sustento laboral de la nación, con miras a procurar ambientes sanos que promulguen una industria más acorde con la dignificación del trabajo con responsabilidad corporativa que genera productividad empresarial hacia mercados internacionales.

Uds. Dirán eso ya lo sabemos…pero permítame continuar.

En Colombia en las 4 décadas anteriores la presentación de accidentes y enfermedades ocupacionales ha ido en aumento, aun cuando los gobiernos han aumentado las normas, mejorado los recursos y determinado órganos reguladores; sin embargo, existe una problemática como efecto de ello, que me permito describir.

-Al aumentar la legislación que es de estricto cumplimiento, los empresarios se han visto abocados a determinar recursos para la prevención y disminución del accidente y la presentación de la enfermedad de origen laboral, recursos que por demás generalmente poco contemplan aun cuando la legislación los obliga, ya que los miran como gasto y no como inversión que va a permitir una mejor productividad y su permanencia en el mercado a través de la línea del tiempo. Este efecto estaría relacionado con un paradigma inversamente proporcional a los objetivos de la ley 100 del 1992, que dicta los lineamientos de nuestro sistema de salud. Sin el ánimo de generalizar son en realidad poco los sectores industriales y comerciales los que han evidenciado este fenómeno y han hecho la tarea juiciosamente a los cuales felicito.

Dejo entre líneas que otro fenómeno q subyace a estas estadísticas y es el siguiente, a deficiencia de la conciencia del reporte del ATEP en los trabajadores que muchos meses subyace al interés personal y no colectivo. Es decir muchos trabajadores no reportan el accidente de trabajo ya que o no quieren y prefieren dejarlo así o temen que al reportar generen a los empresarios molestias y aumento del índice de ATEP y morbimortalidad, luego no puedo asegurar cual sería el porcentaje de los accidentes no reportado ya que esto merece una investigación más exhaustiva real y especializada, otro fenómeno que sucede al interior de las organizaciones y que he podido evidenciar a través de mi experiencia en el ejercicio de la prevención del riesgo es que en el caso contrario también ha sucedido que el empresario no quiere que sus indicadores aumenten y coartan al trabajador a reportar el accidente como algo relacionado directamente con la responsabilidad del trabajador con efectos sobre su permanencia laboral.
Lo cual se ve evidenciado en que la gran mayoría de investigación de accidentes se determinan como Acto inseguro, de esta manera es más fácil y conveniente para el empresario direccionar la responsabilidad en el trabajador y no en los mantenimientos predictivos, preventivos, correctivos de las máquinas y locaciones y tristemente estas investigaciones son firmadas con la experticia del Prevencionista que lejos de reconocer falencias en su gestión o temen la terminación de su propio contrato, porque en ese orden de ideas como líder del SG-SST, siempre estar en la mitad del sándwich, siendo responsable de la prevención de tales accidentes o situaciones riesgosas donde se presume que su conocimiento es solo lo necesario para prevenir el accidente en las organizaciones.

En Colombia los “Prevencionistas en Riesgos laborales”, (lo subrayo y en negrillo por cierta situación que más adelante comentare), tienen una regulación académica determinada por el peso de cada plan de sesión, de acuerdo a ellos tenemos técnicos en S.H, con 3 semestres de estudios, técnicos profesionales con 4 semestres, tecnólogos con 6 semestre, profesionales con 10 semestres, profesionales con postgrado que puede variar entre 1 año a 2 años.

Estos al finalizar cada uno de sus estudios tienen que tramitar una licencia que determinara el alcance de su ejercicio y su responsabilidad frente al SG-SST

Sin embargo aquí tenemos otro fenómeno y es que los empresarios siempre buscan mano de obra económica y no siempre es la más idónea para liderar el SG-SST, lo que implica que el prevencionista extralimite el alcance de su licencia, ponga en riesgo su ética y sea más vulnerable a investigaciones legales.

Se acuerdan que les había dicho que colocaba el término “prevencionistas en Riesgos laborales” en negrilla, pues resulta que en Colombia existe otro fenómeno, de la titulación, en el BUM de la seguridad laboral de la década en proceso, las leyes son más estrictas, más numerosas, más extensas y específicas, nace la oferta de los programas académicos, entonces instituciones técnicas, tecnológicas, pregrado y postgrado empezaron a ofertar los programas con diferentes nombres, tales como: Especialistas en salud ocupacional, administradores en salud ocupacional, HSEQ, SISO, SISOMA, etc, términos para titular a quienes finalmente trabajan en la prevención de Riesgos Laborales, es decir, múltiples nombres de titulación para el mismo ejercicio laboral, y pienso que puede ser posible que por eso los empresario aún no han entendido que es lo que somos y para que servimos.

Por otro lado ¿Qué pasa con los prevencionistas que conociendo el alcance de su licencia están dispuestos a excederse en sus funciones? ¿Qué pasa si un Prevencionista para ahorrarle costos al empresario no realiza las actividades y se dedica a llenar los formatos de firmas de asistencia de tales actividades, en que parte de la norma se reglamenta esa función ética que debe caracterizar los prevencionistas?, ¿Que órgano de control realmente efectivo existe en Colombia para minimizar la presentación de estos casos y otros muchos que lejos de ser éticos, apoyan solapadamente un ejercicio impropio y des obligante frente a la seguridad y la salud en el trabajo, o por otro lado de qué manera se premia al Prevencionista ético y proactivo o al empresario que juiciosamente disminuye efectivamente sus índices de accidentalidad y morbimortalidad en un ejercicio ético y responsable?

Sin el ánimo de generalizar, he tratado de decir las cosas de una manera políticamente correcta y minimizando el coste emocional de aquellos que pueden no verse reflejados en mis comentarios, desafortunadamente estos fenómenos los he venido observando desde hace algún tiempo, tengo la certeza que estos fenómenos no suceden solamente en mi país, este artículo se trata de una perspectiva integradora y entonces una vez puestas la cartas sobre la mesa ¿qué debemos hacer?, esa pregunta nos la hicimos un grupo de prevencionistas colombianos, que nos apasiona el tema de la SST, que estamos comprometidos en que nuestro país evolucione a una conciencia sentida y vivida en la prevención del Riesgo Laboral, desde las academias hasta las organizaciones empresariales y los más altos cargos gubernamentales. Lo correcto es si hay mugre en la casa, pues lo correcto es organizarla ¿verdad?, por esta razón nace “COLPRECOL” Colegio de Prevencionistas en Riesgos Laborales de Colombia, una entidad sin ánimo de lucro, de carácter democrático que busca agremiar al mayor número de prevencionistas de nuestros país, con el fin de garantizar su bienestar y velar por sus derechos y obligaciones donde trabajaremos 3 ejes básicos:
-       Solicitarle al gobierno nacional la ley que reglamente la profesión de específica del Prevencionistas en Riesgos Laborales titulación única para todos los órganos facultativos que ofertan estos programas, para ser reconocidos dentro y fuera del territorio nacional, esto permitirá intercambiar experiencias profesionales y ampliar la oferta laboral a través de convenios internacionales.
-       La creación de un código deontológico único a nivel colombiano y latinoamericano en pro de la autorregulación del ejercicio profesional, alineadas al contexto latino americano, y por ende la creación del tribunal de ética del Prevencionista en Riesgos Laborales.
-       La participación de nuestro gremio en las mesas sectoriales del ministerio de trabajo y salud, además de buscar participación en los órganos internacionales de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

El Colegio de Prevencionistas en Riesgos Laborales de Colombia “COLPRECOL” hace su presentación internacional en virtud del apoyo suministrado por la Asociación Peruana de Riesgos a través de este articulo; COLPRECOL cree que la historia la hacemos cada día, esa historia colectiva que involucra una gestión integral de los países latinoamericanos y que procura el cuidado integral de los trabajadores en sus puestos de trabajo, con gestores y líderes éticos y comprometidos.


lunes, 28 de diciembre de 2015

La Competencia de los Prevencionistas de Riesgos Laborales en el Perú


El termino Prevencionista se ha popularizado mucho en los países de habla hispana, tanto que en  la edición 23ava del Diccionario de la RAE publicado en octubre de 2014 ya figura, el cual indica:  
«Prevencionista»: Especialista en la prevención de riesgos laborales. 

En el Perú inclusive es muy común el uso de la sigla PDR, refiriéndose al Prevencionista De Riesgos.  A pesar de que la RAE eleva la posición del Prevencionista a Especialista, en el Perú aún se asocia el término a un técnico encargado de las labores de campo asociadas a la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.  Esta tendencia debe revertirse y debería comenzar a verse al Prevencionista como lo que realmente es: un especialista. Para eso es necesario adquirir y/o demostrar competencias. Las competencias laborales (Según la norma OHSAS 18001:07 y que se mantendrá en la norma ISO 45001) tienen cuatro aristas:

1.    Educación
2.    Formación
3.    Experiencia
4.    Habilidades

La educación se refiere a los títulos académicos. Ej.: Técnico, Bachiller, Profesional titulado, etc. Sin embargo la oferta educativa asociada la seguridad y salud en el trabajo en el país es muy limitada, solo hay 6 universidades que dictan la carrera a nivel profesional y solo 6 institutos que dictan la carrera a nivel técnico, por lo tanto la demanda insatisfecha de profesionales es suplida por otras profesiones o incluso por personal sin educación superior.

La formación se refiere a los estudios complementarios, tales como: Diplomados, Especializaciones, Maestrías, Doctorados, etc. Para este ítem si hay más oferta en el Perú, sin embargo se debe cuestionar la calidad de los programas puesto que se ha convertido en un negocio y han surgido muchas entidades que ofrecen posgrados que no cumplen con las normativas universitarias vigentes.

La experiencia se refiere al tiempo mínimo que debe haber ejercido la labor. Aquí surge la duda si cuenta la experiencia que se obtuvo en prácticas formativas o si se debería contar a partir de la titulación.

Por último y no menos importante son las habilidades, las cuales se refieren a destrezas físicas, intelectuales o técnicas. Ej.: Buen estado físico, Creatividad, Alta capacidad de análisis, Fluidez verbal, etc. Las cuales son las más difíciles de encontrar, adquirir y desarrollar.


En el Perú, aún no está normada la competencia que deben tener los Especialista en la prevención de riesgos laborales, pero debe ser un reto personal de los que en la actualidad ejercen dichos cargos y de los interesados en incorporarse a esta área de trabajo, el hecho de ir mejorar cada una de las aristas de las competencias laborales del Prevencionista.


Autor: Pablo José Pinto Ariza, Presidente de la APDR: Asociación Peruana de Prevencionistas de Riesgos.

La foto que ilustra este es propiedad de la APDR. www.apdr.org.pe