domingo, 31 de enero de 2016

PERSPECTIVA COLOMBIANA DEL PREVENCIONISTA EN RIESGOS LABORALES.: UNA MIRADA INTEGRADORA DEL EJERCICIO PROFESIONAL

Lady Astrid Bernal Umaña, Presidente COLPRECOL

Este articulo tiene como objetivo ofrecer al lector la perspectiva del Prevencionista de Riesgos Laborales en Colombia, con una mirada integradora fomentada por la experiencia suministrada del quehacer cotidiano de aquellos que lideran y ejecutan la seguridad y la salud en el trabajo en las empresas colombianas, en este orden de ideas comienzo por tratar de definir quiénes son estos trabajadores.

Un trabajador de la prevención de riesgos laborales es un individuo que a través de su experiencia de vida se ha motivado a estudiar e investigar este campo con el fin de adquirir los conocimientos que le permitan brindar desde su SER-INTERACTUAR, un ejercicio técnico, tecnológico, profesional y especializado a todos aquellos que son el sustento laboral de la nación, con miras a procurar ambientes sanos que promulguen una industria más acorde con la dignificación del trabajo con responsabilidad corporativa que genera productividad empresarial hacia mercados internacionales.

Uds. Dirán eso ya lo sabemos…pero permítame continuar.

En Colombia en las 4 décadas anteriores la presentación de accidentes y enfermedades ocupacionales ha ido en aumento, aun cuando los gobiernos han aumentado las normas, mejorado los recursos y determinado órganos reguladores; sin embargo, existe una problemática como efecto de ello, que me permito describir.

-Al aumentar la legislación que es de estricto cumplimiento, los empresarios se han visto abocados a determinar recursos para la prevención y disminución del accidente y la presentación de la enfermedad de origen laboral, recursos que por demás generalmente poco contemplan aun cuando la legislación los obliga, ya que los miran como gasto y no como inversión que va a permitir una mejor productividad y su permanencia en el mercado a través de la línea del tiempo. Este efecto estaría relacionado con un paradigma inversamente proporcional a los objetivos de la ley 100 del 1992, que dicta los lineamientos de nuestro sistema de salud. Sin el ánimo de generalizar son en realidad poco los sectores industriales y comerciales los que han evidenciado este fenómeno y han hecho la tarea juiciosamente a los cuales felicito.

Dejo entre líneas que otro fenómeno q subyace a estas estadísticas y es el siguiente, a deficiencia de la conciencia del reporte del ATEP en los trabajadores que muchos meses subyace al interés personal y no colectivo. Es decir muchos trabajadores no reportan el accidente de trabajo ya que o no quieren y prefieren dejarlo así o temen que al reportar generen a los empresarios molestias y aumento del índice de ATEP y morbimortalidad, luego no puedo asegurar cual sería el porcentaje de los accidentes no reportado ya que esto merece una investigación más exhaustiva real y especializada, otro fenómeno que sucede al interior de las organizaciones y que he podido evidenciar a través de mi experiencia en el ejercicio de la prevención del riesgo es que en el caso contrario también ha sucedido que el empresario no quiere que sus indicadores aumenten y coartan al trabajador a reportar el accidente como algo relacionado directamente con la responsabilidad del trabajador con efectos sobre su permanencia laboral.
Lo cual se ve evidenciado en que la gran mayoría de investigación de accidentes se determinan como Acto inseguro, de esta manera es más fácil y conveniente para el empresario direccionar la responsabilidad en el trabajador y no en los mantenimientos predictivos, preventivos, correctivos de las máquinas y locaciones y tristemente estas investigaciones son firmadas con la experticia del Prevencionista que lejos de reconocer falencias en su gestión o temen la terminación de su propio contrato, porque en ese orden de ideas como líder del SG-SST, siempre estar en la mitad del sándwich, siendo responsable de la prevención de tales accidentes o situaciones riesgosas donde se presume que su conocimiento es solo lo necesario para prevenir el accidente en las organizaciones.

En Colombia los “Prevencionistas en Riesgos laborales”, (lo subrayo y en negrillo por cierta situación que más adelante comentare), tienen una regulación académica determinada por el peso de cada plan de sesión, de acuerdo a ellos tenemos técnicos en S.H, con 3 semestres de estudios, técnicos profesionales con 4 semestres, tecnólogos con 6 semestre, profesionales con 10 semestres, profesionales con postgrado que puede variar entre 1 año a 2 años.

Estos al finalizar cada uno de sus estudios tienen que tramitar una licencia que determinara el alcance de su ejercicio y su responsabilidad frente al SG-SST

Sin embargo aquí tenemos otro fenómeno y es que los empresarios siempre buscan mano de obra económica y no siempre es la más idónea para liderar el SG-SST, lo que implica que el prevencionista extralimite el alcance de su licencia, ponga en riesgo su ética y sea más vulnerable a investigaciones legales.

Se acuerdan que les había dicho que colocaba el término “prevencionistas en Riesgos laborales” en negrilla, pues resulta que en Colombia existe otro fenómeno, de la titulación, en el BUM de la seguridad laboral de la década en proceso, las leyes son más estrictas, más numerosas, más extensas y específicas, nace la oferta de los programas académicos, entonces instituciones técnicas, tecnológicas, pregrado y postgrado empezaron a ofertar los programas con diferentes nombres, tales como: Especialistas en salud ocupacional, administradores en salud ocupacional, HSEQ, SISO, SISOMA, etc, términos para titular a quienes finalmente trabajan en la prevención de Riesgos Laborales, es decir, múltiples nombres de titulación para el mismo ejercicio laboral, y pienso que puede ser posible que por eso los empresario aún no han entendido que es lo que somos y para que servimos.

Por otro lado ¿Qué pasa con los prevencionistas que conociendo el alcance de su licencia están dispuestos a excederse en sus funciones? ¿Qué pasa si un Prevencionista para ahorrarle costos al empresario no realiza las actividades y se dedica a llenar los formatos de firmas de asistencia de tales actividades, en que parte de la norma se reglamenta esa función ética que debe caracterizar los prevencionistas?, ¿Que órgano de control realmente efectivo existe en Colombia para minimizar la presentación de estos casos y otros muchos que lejos de ser éticos, apoyan solapadamente un ejercicio impropio y des obligante frente a la seguridad y la salud en el trabajo, o por otro lado de qué manera se premia al Prevencionista ético y proactivo o al empresario que juiciosamente disminuye efectivamente sus índices de accidentalidad y morbimortalidad en un ejercicio ético y responsable?

Sin el ánimo de generalizar, he tratado de decir las cosas de una manera políticamente correcta y minimizando el coste emocional de aquellos que pueden no verse reflejados en mis comentarios, desafortunadamente estos fenómenos los he venido observando desde hace algún tiempo, tengo la certeza que estos fenómenos no suceden solamente en mi país, este artículo se trata de una perspectiva integradora y entonces una vez puestas la cartas sobre la mesa ¿qué debemos hacer?, esa pregunta nos la hicimos un grupo de prevencionistas colombianos, que nos apasiona el tema de la SST, que estamos comprometidos en que nuestro país evolucione a una conciencia sentida y vivida en la prevención del Riesgo Laboral, desde las academias hasta las organizaciones empresariales y los más altos cargos gubernamentales. Lo correcto es si hay mugre en la casa, pues lo correcto es organizarla ¿verdad?, por esta razón nace “COLPRECOL” Colegio de Prevencionistas en Riesgos Laborales de Colombia, una entidad sin ánimo de lucro, de carácter democrático que busca agremiar al mayor número de prevencionistas de nuestros país, con el fin de garantizar su bienestar y velar por sus derechos y obligaciones donde trabajaremos 3 ejes básicos:
-       Solicitarle al gobierno nacional la ley que reglamente la profesión de específica del Prevencionistas en Riesgos Laborales titulación única para todos los órganos facultativos que ofertan estos programas, para ser reconocidos dentro y fuera del territorio nacional, esto permitirá intercambiar experiencias profesionales y ampliar la oferta laboral a través de convenios internacionales.
-       La creación de un código deontológico único a nivel colombiano y latinoamericano en pro de la autorregulación del ejercicio profesional, alineadas al contexto latino americano, y por ende la creación del tribunal de ética del Prevencionista en Riesgos Laborales.
-       La participación de nuestro gremio en las mesas sectoriales del ministerio de trabajo y salud, además de buscar participación en los órganos internacionales de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

El Colegio de Prevencionistas en Riesgos Laborales de Colombia “COLPRECOL” hace su presentación internacional en virtud del apoyo suministrado por la Asociación Peruana de Riesgos a través de este articulo; COLPRECOL cree que la historia la hacemos cada día, esa historia colectiva que involucra una gestión integral de los países latinoamericanos y que procura el cuidado integral de los trabajadores en sus puestos de trabajo, con gestores y líderes éticos y comprometidos.


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